Este es el principal cambio que incorpora el borrador de orden foral que ha elaborado el Departamento de Educación y por la que se modifica la normativa aprobada a finales de 2023 y anulada parcialmente por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) un año después. El recurso, que presentó el sindicato Steilas, alegó que esa norma daba a las familias un poder de veto en el trámite de solicitud de cambio de jornada y que ello vulneraba normas de rango superior, como la LOE. Y tanto el tribunal navarro como el Supremo le dieron la razón.
Ante esta situación, el Departamento de Educación se ha visto obligado a modificar la normativa para cumplir el fallo judicial. Esta semana ha trasladado el borrador de la nueva orden foral a los representantes sindicales de la mesa sectorial, que presenta cambios sustanciales.
El inicio del proceso de cambio de jornada escolar se mantiene sin grandes variaciones. El Consejo Escolar del centro (representantes del equipo directivo, profesorado, familias, alumnado y ayuntamiento) , es quien debe plantear la posibilidad de proceder al cambio de jornada. Para ello, se realizará una votación directa y no delegable en la que se requerirá el voto favorable de, al menos, el 25% del número de integrantes del Consejo Escolar con derecho a voto.
Una vez determinada, en el seno del Consejo Escolar, la modalidad o modalidades de jornada escolar se precisará el visto bueno del Departamento de Educación referido a aspectos como la viabilidad o no del horario propuesto por el centro en relación con la distribución del horario del alumnado y con los servicios complementarios de comedor y transporte, teniendo en cuenta, en su caso, los centros con los que se comparte este último.
LOS CAMBIOS
- Inicio del procedimiento. Apenas hay variaciones entre la normativa de 2023 y el borrador actual. El proceso se inicia con el voto favorable del 25% de los representantes del ConsejoEscolar del centro con derecho a voto. La propuesta debe contar con el visto bueno de Educacación.
- Familias: de exigir 3/5 a ser consultivo. La orden foral de 2023 exigía que el cambio de jornada tuviera el respaldo de tres quintos (66%) de las familias censadas. Ahora, los resultados de la votación se comunicarán al claustro y consejo escolar y serán meramente informativos.
- Claustro docente: se mantiene como consultivo. La propuesta se traslada al claustro de profesores, se vota y su posicionamiento se trasladará al consejo escolar
- Consejo Escolar: de exigir 2/3 a mayoría simple. Con toda la información, el Consejo Escolar del centro deberá votar y el resultado sí será vinculante. Antes se exigía que la propuesta lograra el respaldo de dos tercios de los integrantes del Consejo Escolar con derecho a voto y ahora es suficiente con mayoría simple.
Aquellos colegios que compartan transporte y soliciten un cambio a una misma modalidad de jornada podrán iniciar el procedimiento, condicionado a que la jornada propuesta sea aprobada por los Consejos Escolares de todos los centros implicados
Basta la mayoría simple del Consejo Escolar
A continuación, comienzan los cambios. Con la anterior normativa, si se lograba ese 25% de apoyo se trasladaba la votación a las familias del alumnado y para que el proceso siguiera adelante tenía que respaldar la propuesta tres quintos del censo de padres y madres (60%). En otras palabras, su decisión era vinculante y además tenía más importancia que la del profesorado ya que si las familias rechazaban la propuesta, el proceso llegaba a su fin.
La nueva normativa plantea que el posicionamiento de las familias sea meramente consultivo, es decir, el resultado de la votación se trasladará al claustro de profesores y al consejo escolar para que sepan qué jornada prefieren, pero sin que sea determinante.
Después de consultar a las familias, la votación se traslada al claustro de profesores y profesoras que, como ocurría con la normativa de 2023, se mantiene también con carácter consultivo. Tampoco se pide ninguna mayoría para seguir adelante o finiquitar el proceso.
La última palabra la tiene el Consejo Escolar del centro escolar. En este caso, la normativa sí exige lograr una mayoría concreta para efectuar el cambio de jornada escolar. La orden foral de 2023 exigía el respaldo dedos tercios de los representantes de este órgano (66%), sin embargo, la nueva normativa lo deja en mayoría simple. Es decir, se aprobará la opción que tenga mayor número de votos favorables.
Otro de los cambios es la supresión de la disposición adicional tercera, que el TSJN declaró nula. Esta disposición permitía a los centros solicitar una ampliación del horario escolar de hasta una hora diaria.
Cuatro cursos de vigencia
Lo que no cambia es que, una vez iniciado un procedimiento de elección de jornada escolar, independientemente de su resultado final, los centros educativos no podrán acogerse a una nueva convocatoria de elección hasta transcurridos cuatro cursos académicos.
Así las cosas, la gran mayoría de centros no podrán iniciar el procedimiento de cambio de jornada hasta 2028-29 y, de aprobarse, la nueva jornada comenzaría en el curso 2029-30.
En la actualidad, 173 centros públicos tiene jornada continua, 31 partida (once de ellos no iniciaron el proceso por lo que podrían iniciarlo) y dos flexible. En la concertada, de los 52 existentes 37 tienen jornada partida, 13 continua y tres flexible.